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Caso de la Corte Suprema de Colorado Aclara la Prueba del Contratista Independiente

Caso de la Corte Suprema de Colorado Aclara la Prueba del Contratista Independiente Aug 13, 2015

Caso Reciente de la Corte Suprema de Colorado

Aclara la Prueba del Contratista Independiente

por: Craig Watrous

Santomarco Photography

(photo gracias a Matt Santomarco www.santomarco.com

 

El uso de contratistas independientes se ha generalizado a través de un grupo diverso de industrias.  Los contratistas independientes pueden ser una valiosa fuente de talento especializado a corto plazo.  Para las empresas, existe una serie de ventajas, tanto de negocios como de impuestos, por el uso de contratistas independientes. Pero la práctica de usar contratistas independientes también conlleva riesgos. Por ejemplo, si el IRS audita una empresa y determina que sus contratistas independientes fueron mal clasificados y debieron haber sido tratados como empleados, las sanciones y consecuencias fiscales pueden ser graves. 

Muchas empresas utilizan contratistas independientes en repetidos proyectos a largo plazo. A menudo, esos contratistas independientes trabajan exclusivamente para una empresa en particular.  Esto puede ser riesgoso. En el pasado los tribunales de Colorado a menudo han encontrado que este tipo de relaciones, aunque tal vez llamada contratación independiente, es de hecho una relación patrono / empleado. El caso notorio fue la sentencia del Tribunal de Apelaciones de Colorado en Carpet Exchange of Denver v. Industrial Claim Appeals Office, 859 P.2d 278 (Colo. Provisional 1993 El tribunal de apelaciones analizó CRS § 8-70-115 (1) (b) y, después de aplicar los factores, decidieron que los trabajadores en cuestión fueron empleados en lugar de contratistas porque “no se dedicaban de modo habitual a un oficio, ocupación, profesión o negocio independientes relacionado con el servicio prestado.” Desde que ese caso se decidió, los tribunales de Colorado se han basado en esta prueba de un factor (a menudo referida como la “prueba de empleo externo”) para determinar si los trabajadores a largo plazo son empleados o contratistas. 

La Corte Suprema de Colorado decidió recientemente sobre un caso importante, aún más aclaró la prueba del contratista independiente / empleado y revirtió este precedente:Industrial Claim Appeals Office v. Softrock Geological Services, 2014 Co 30 (Colo. 12 de mayo 2014). En el caso Softrock, la Corte Suprema de Colorado rechazó la prueba de empleo externo, tan determinante que si un trabajador es un empleado o un contratista independiente, falló que en lugar de la totalidad de las circunstancias debe considerarse y no un solo factor puede ser determinante para decidir si una persona se dedica de modo habitual a un oficio u ocupación independiente. 

Para leer la sentencia completa de la Corte Suprema de Colorado visite: 

http://www.cobar.org/opinions/opinion.cfm?opinionid=9355&courtid=2

Es de destacar la siguiente cita de la Corte Suprema de CO:

Estamos de acuerdo con el Tribunal de Apelaciones que si un individuo “se dedica de modo habitual a un oficio, ocupación, profesión o negocio independiente relacionado con el servicio prestado” es una cuestión de hecho que sólo puede resolverse mediante el análisis de varios factores; si la persona trabajó para otro no es determinante si el individuo se dedicaba a un negocio independiente. Para el caso Geological Servs., Inc. v. Indus. Claim Appeals Office, 2012 COA 97, ¶¶9, 23–26. No estamos de acuerdo, sin embargo, con el Tribunal de Apelaciones, la conclusión que si un individuo está involucrado en oficio u ocupación independientes se puede determinar mediante la aplicación de una prueba de nueve factores desarrollado en base a la lista de nueve factores que un documento debe contener para crear un presunción de una relación de contratista independiente bajo la sección 8-70-115 (1) (c). Ver id. en ¶24. En lugar de ello, sostenemos que la determinación debe basarse en una totalidad de la prueba de las circunstancias que evalúa la dinámica de la relación entre el empleado y el patrono putativo; mientras que los factores enumerados en la sección 8-70-115 (1) (c) pueden ser relevantes para esta determinación, la sección no proporciona una lista exhaustiva de factores que pueden ser considerados. Como tal, confirmamos el criterio del Tribunal de Apelaciones y remitimos el caso a ese Tribunal para devolver el caso a la Oficina de Apelaciones para Demandas Industriales para el trámite consecuente con este fallo.

Este caso tendrá efectos duraderos sobre las empresas y contratistas independientes. Si su empresa trata regularmente con los contratistas independientes y están preocupados por la posibilidad de que sean considerados empleados por el IRS, llámenos. Representamos por lo regular a empresas y contratistas independientes, además podemos ayudar a ordenar la documentación y sus políticas para proteger su empresa.

(Mallon Lonnquist Morris & Watrous, PLLC, es un despacho de abogados de litigio y comercio.Craig T. Watrous es un abogado empresarial de Colorado con MLMW, con sede en Denver, Colorado. Craig representa regularmente a clientes en ambos lados de los acuerdos de contratistas independientes. Puede contactar a Craig al correo electrónico cwatrous@mlmw-law.com.)